EDICIÓN 29 – Julio 2026

La prisión política: Instrumento de sumisión y la herencia autoritaria en Venezuela

La prisión política Instrumento de sumisión y la herencia autoritaria en Venezuela
Marcos Villasmil

La prisión política constituye una de las anomalías más persistentes en la historia de la organización social. Desde los albores del Estado moderno, la criminalización de la disidencia ha operado como un mecanismo de preservación del poder absoluto. Cuando los canales de deliberación democrática se clausuran, el castigo físico y el aislamiento se transforman en las herramientas predilectas de los regímenes autocráticos para neutralizar la contestación y proyectar un efecto ejemplarizante sobre el cuerpo social. En América Latina, esta práctica ha dejado una estela de traumas colectivos a lo largo del siglo XX y XXI, adquiriendo en la Venezuela contemporánea una dimensión sistémica que desborda las dinámicas tradicionales de la represión. Tras casi tres décadas de hegemonía chavista-madurista, la permanencia de los presos políticos no es un hecho fortuito, sino un componente estructural indispensable para la supervivencia de una coalición de poder arraigada en el control coercitivo.

I. Fundamentos históricos de la prisión por motivos políticos

Históricamente, la delimitación entre el delito común y el delito político ha sido una construcción jurídica supeditada a las necesidades de quien detenta la soberanía. En los regímenes absolutistas de la Europa moderna, el concepto de lesa majestad englobaba cualquier afrenta, real o imaginaria, contra la figura del monarca, asimilando la crítica al orden institucional con la traición. La reclusión en fortalezas como la Bastilla francesa o la Torre de Londres no perseguía la rehabilitación del individuo, sino la extirpación visual y física del opositor para salvaguardar la infalibilidad del gobernante.

Con el advenimiento de la Ilustración y la codificación penal decimonónica, filósofos y juristas intentaron conferir un estatus diferenciado al disidente político, reconociendo que sus motivaciones diferían de la mezquindad del criminal común. No obstante, en la práctica de los Estados autoritarios del siglo XX —desde el archipiélago Gulag soviético hasta los campos de concentración del nacionalsocialismo—, el derecho penal se pervirtió para transformarse en un «derecho penal de autor». Bajo esta doctrina, el individuo no es juzgado por la comisión de un hecho punible objetivo, sino por su identidad, su filiación ideológica o la peligrosidad potencial que representa para la estabilidad del partido único o la doctrina oficial. La prisión política deviene así en una técnica de profilaxis social.

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II. La experiencia latinoamericana: De las dictaduras militares al autoritarismo competitivo

América Latina ha sido un territorio fértil para el despliegue de esta tipología represiva. Durante la segunda mitad del siglo XX, el continente se vio sacudido por la polarización de la Guerra Fría y la instauración de dictaduras militares adscritas a la Doctrina de la Seguridad Nacional. En el Cono Sur, regímenes como el de Augusto Pinochet en Chile o la Junta Militar en Argentina redefinieron las fronteras de la violencia estatal. Las cárceles oficiales y los centros clandestinos de detención se poblaron de miles de ciudadanos catalogados como «subversivos». En estos contextos, la privación de libertad se combinó de forma sistemática con la desaparición forzada y la tortura, buscando desarticular el tejido social y erradicar cualquier vestigio de resistencia de izquierda o de activismo sindical y de derechos humanos.

Por otro lado, la experiencia carcelaria bajo regímenes de inspiración revolucionaria, como el castrismo en Cuba a partir de 1959, inauguró un modelo de reclusión prolongada y reeducación ideológica forzosa. Las prisiones de las Unidades Militares de Ayuda a la Producción (UMAP) y el presidio político histórico cubano demostraron que la persecución no se limitaba a los alzados en armas, sino que se extendía a intelectuales, creyentes religiosos y disidentes de toda índole. Ya en el siglo XXI, el fenómeno mutó. Con el declive de las dictaduras militares tradicionales, emergieron regímenes autocráticos bajo fachadas electorales —los llamados inicialmente autoritarismos competitivos—, donde Nicaragua y Venezuela se convirtieron en los exponentes más conspicuos de la judicialización de la política como método de asfixia democrática.

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III. El caso venezolano: 27 años de hegemonía y la institucionalización de la represión

El análisis de la prisión política en Venezuela exige examinar el proceso de erosión institucional iniciado en 1999. Bajo el gobierno de Hugo Chávez, la instrumentalización de la justicia penal comenzó a perfilarse a través de casos emblemáticos que marcaron un punto de inflexión, evidenciando el uso del poder judicial para liquidar la disidencia y amedrentar a la sociedad. Sin embargo, la transición hacia Nicolás Maduro profundizó de manera drástica el carácter punitivo del Estado. La pérdida de base popular del aparato oficialista obligó a sustituir la hegemonía carismática por una dependencia absoluta de los organismos de seguridad y de la arquitectura de inteligencia militar, representados por instituciones como el SEBIN y la DGCIM.

En el marco de este viraje autocrático, la prisión política en Venezuela adquirió rasgos de sistematicidad e institucionalización que llamaron la atención de organismos internacionales, como la Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos de la ONU y la Corte Penal Internacional. Los centros de detención como «El Helicoide» o las celdas de máxima seguridad se transformaron en símbolos de una política de Estado diseñada no solo para castigar a líderes partidistas, sino a militares disidentes, líderes sindicales, periodistas y ciudadanos de a pie que manifestaban su descontento.

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IV. La persistencia de los cautivos: El «efecto puerta giratoria» y el control social

Una de las interrogantes más agudas de la dinámica política venezolana actual gira en torno a por qué, tras años de presiones externas y negociaciones internacionales, el Poder Ejecutivo no ha terminado de liberar a los presos políticos heredados del madurismo. La respuesta reside en la naturaleza misma del modelo de dominación imperante y en la funcionalidad estratégica que cumplen los detenidos.

En primer lugar, opera de manera continua el denominado «efecto puerta giratoria», un mecanismo táctico mediante el cual las autoridades excarcelan a un grupo de prisioneros en momentos de escrutinio internacional o mesas de diálogo para aliviar sanciones o legitimarse, solo para detener a un número equivalente o superior de personas en las semanas posteriores. Los presos políticos son concebidos por el régimen como un activo financiero e internacional: «fichas de canje» con valor de negociación geopolítica frente a actores como Estados Unidos o la Unión Europea. Otorgar una liberación plena y definitiva de todos los cautivos significaría despojarse de su principal palanca de extorsión diplomática.

En segundo lugar, la liberación total desmontaría el andamiaje del terror de Estado. La permanencia de figuras emblemáticas y de ciudadanos comunes en los calabozos envía un mensaje nítido e ininterrumpido a la sociedad civil y a las facciones internas del propio oficialismo: el costo de la disidencia o de la insubordinación sigue siendo la destrucción de la vida personal y familiar. El miedo, articulado a través del sistema carcelario, es el cemento que mantiene cohesionada a la coalición dominante e inhibe la movilización masiva en las calles.

Finalmente, existe una dimensión de control interno dentro de las Fuerzas Armadas. Una parte considerable de los presos políticos venezolanos está integrada por oficiales militares de diversos rangos. Mantenerlos tras las rejas bajo cargos de traición o conspiración es un imperativo de supervivencia para el mando político, pues neutraliza cualquier atisbo de fractura en el estamento militar, el verdadero pilar de sostén del régimen.

Conclusión

La prisión política en Venezuela no representa un exceso aislado o un desajuste temporal del sistema de justicia; es una política de Estado deliberada e imprescindible para la autopreservación del régimen. Al entrelazar las herencias ideológicas del control social autoritario con las urgencias de una estructura que se aferra al poder, la detención por motivos de conciencia sobrevive a discursos y promesas de pacificación. Mientras la arquitectura del Estado no transite hacia una democratización real y un restablecimiento del Estado de derecho, los calabozos venezolanos seguirán albergando el reflejo más crudo del conflicto por el poder y la resistencia humana frente al autoritarismo.

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