José Manuel Pinto Hurtado (Cheo)
Venezuela constituye el principal precedente de justicia penal internacional que América Latina ha construido frente a un régimen que permanece en el poder. Lo que ocurra con ese expediente marcará también las expectativas de justicia de las víctimas de Cuba y Nicaragua.
Hay expedientes que uno estudia y expedientes que terminan estudiándolo a uno. El caso Venezuela I ante la Corte Penal Internacional pertenece a la segunda categoría: ocho años después de la remisión histórica de 2018, el expediente nos devuelve la mirada y nos pregunta qué hicimos bien, qué hicimos tarde y qué estamos dispuestos a hacer todavía. Responder con honestidad esas tres preguntas no es un ejercicio de memoria: es la única manera de que la experiencia venezolana sirva a quienes esperan detrás en la misma fila de la justicia —las víctimas cubanas y nicaragüenses, que ni siquiera tienen todavía una puerta de entrada hacia esa justicia.
Para miles de víctimas venezolanas -entre ellas presos políticos, familiares de personas ejecutadas, torturadas, desaparecidas o perseguidas- la investigación de la Corte Penal Internacional nunca ha sido un simple expediente jurídico. Representa la posibilidad de que las estructuras de poder que ordenaron o facilitaron esos crímenes respondan algún día ante un tribunal internacional. Esa misma expectativa comienza hoy a ser observada también por víctimas cubanas y nicaragüenses.
La investigación sobre Venezuela continúa jurídicamente abierta. El expediente no ha sido archivado ni abandonado por la Corte. Sin embargo, atraviesa una prolongada etapa de parálisis institucional que resulta cada vez más difícil de explicar únicamente desde la dinámica procesal. Esa tensión —entre un precedente histórico que permanece vivo y una investigación que parece inmovilizada en medio de un entorno geopolítico extraordinariamente complejo— constituye el verdadero objeto de este análisis.
I. Lo que Venezuela logró — y nadie puede borrar
Venezuela ratificó el Estatuto de Roma el 7 de junio de 2000. Dos décadas después se convirtió en la primera —y hasta hoy única— investigación formal de la CPI en América Latina. Ese solo hecho ya es historia jurídica, pero conviene desglosar el patrimonio.
Primero, la remisión del 27 de septiembre de 2018, cuando Argentina, Canadá, Chile, Colombia, Paraguay y Perú remitieron la situación venezolana a la Fiscalía: la primera vez en la historia de la Corte que un grupo de Estados Parte remitía la situación de otro Estado Parte. Fue un acto de coraje diplomático regional que rompió el tabú de la no injerencia mal entendida.
Segundo, la apertura de la investigación en noviembre de 2021, tras un examen preliminar que concluyó que existía fundamento razonable para creer que en Venezuela se cometieron crímenes de lesa humanidad —encarcelamiento, tortura, violencia sexual y persecución— atribuibles a cuerpos de seguridad del Estado.
Tercero, y quizás lo más valioso en términos estrictamente jurídicos: Venezuela I produjo la primera litigación a fondo del artículo 18 del Estatuto. Cuando el Estado pidió que la Corte se inhibiera alegando que ya investigaba, la Sala de Cuestiones Preliminares (junio de 2023) y luego la Sala de Apelaciones (marzo de 2024) dijeron lo que las víctimas sabían desde siempre: las investigaciones nacionales no abordan genuinamente la criminalidad denunciada. La complementariedad no es una coartada.
Cuarto, las víctimas: más de 11.500 ratificaron sus denuncias ante las Salas de la Corte, sostenidas por cinco años de informes de la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos de la ONU. Nunca antes una sociedad civil de nuestra región construyó semejante arquitectura probatoria. Detrás de esas cifras existen historias concretas: presos políticos sometidos a tortura, familiares que siguen esperando justicia, víctimas de persecución y miles de venezolanos cuya participación demuestra que la Corte no investiga únicamente hechos, sino también el sufrimiento de personas reales.
Ese patrimonio nadie puede borrarlo. Ni el silencio de la Fiscalía, ni las negociaciones de despacho, ni el desenlace que tenga el caso. Los precedentes ya existen, y pertenecen a las víctimas y a la humanidad.
II. Lo que Venezuela sufrió — el precio de ser los primeros
Pero la honestidad exige la otra columna del balance. En su momento defendí públicamente los tiempos de la Corte: escribí que un proceso lento no es un proceso muerto sino un proceso serio, y sigo creyendo que la solidez procesal es el único antídoto real contra la impunidad —los casos Gbagbo y Bemba se cayeron por atajos, no por paciencia—. Pero existe una frontera donde la lentitud deja de ser seriedad y se convierte en parálisis. Venezuela I parece encontrarse hoy peligrosamente cerca de esa frontera.
Las dificultades tienen nombre. La complementariedad convertida en táctica dilatoria: memorandos de entendimiento, una oficina de la Fiscalía en Caracas y una cooperación cosmética que compró tiempo sin producir una sola investigación genuina contra los máximos responsables. Los litigios como estrategia de agotamiento: cada decisión apelada, cada incidencia explotada al límite, incluida la recusación del fiscal. La crisis de la propia Fiscalía: la inhibición del fiscal Khan en septiembre de 2025 dejó el caso bajo la conducción del fiscal adjunto Mame Mandiaye Niang, y con el cambio llegó una fase de opacidad difícil de justificar; la última actualización oficial sobre el caso data de marzo de 2024. A todo ello se suma una presión externa sin precedentes sobre la institución: desde febrero de 2025, funcionarios de la Corte —incluidos jueces y fiscales— han sido objeto de sanciones económicas y restricciones que golpean su capacidad operativa. No hace falta adjetivar el dato; basta enunciarlo.
El resultado es un limbo que ofende: el caso ni avanza hacia órdenes de aprehensión ni retrocede hacia el archivo. Cinco años de investigación formal sin una sola orden pública de captura. Y en marzo de 2026, el cierre del examen preliminar de Venezuela II —la remisión del propio Estado a propósito de las sanciones— terminó de despejar el tablero: ya no hay expediente espejo tras el cual esconderse. Queda uno solo: el expediente de las víctimas.
III. El eco en La Habana y Managua
Aquí es donde la experiencia venezolana deja de ser solo nuestra. Ni Cuba ni Nicaragua son Estados Parte del Estatuto de Roma. Para sus víctimas, la puerta principal de La Haya está cerrada: sin ratificación no hay jurisdicción territorial, y la vía alterna del Consejo de Seguridad está clausurada por el veto. Esto convierte a Venezuela I, literalmente, en el único laboratorio de justicia penal internacional que América Latina ha tenido frente a un régimen en ejercicio del poder.
Y los laboratorios enseñan en ambas direcciones, porque la impunidad también aprende. Para un preso político venezolano, cubano o nicaragüense, este precedente no constituye una discusión académica sobre competencia o complementariedad. Representa la posibilidad de que la justicia internacional demuestre que incluso los aparatos represivos más consolidados pueden ser sometidos algún día al escrutinio de un tribunal independiente.
Si el caso que lo tenía todo —jurisdicción plena, seis Estados remitentes, miles de víctimas acreditadas, una arquitectura probatoria de estándar penal— termina atrapado en una prolongada parálisis institucional, la lección que reciben Managua y La Habana es inequívoca: la estrategia del agotamiento funciona; basta simular cooperación, litigar cada incidencia y esperar a que la geopolítica haga el resto. Cada mes de parálisis en La Haya es una clase magistral de supervivencia autoritaria dictada, gratis, a los regímenes vecinos.
Pero el laboratorio también produjo tecnología jurídica transferible, y esa es la parte del legado que las sociedades civiles cubana y nicaragüense pueden apropiarse desde ya. Primera: la documentación con estándar penal —nombres, fechas, cadenas de mando, metodología verificable— que la Misión de la ONU y las organizaciones venezolanas convirtieron en modelo regional. Segunda: la participación organizada de las víctimas ante las Salas, que en Venezuela I alcanzó una escala inédita en la historia de la Corte. Tercera: las coaliciones de Estados dispuestos a remitir, que rompieron la inercia diplomática de una región acostumbrada a mirar hacia otro lado.
Para Nicaragua, además, existen caminos concretos que la doctrina ya explora. La vía de la Corte Internacional de Justicia por el crimen de apatridia: más de 450 nicaragüenses despojados de su nacionalidad por decreto —una figura elevada incluso a rango constitucional en 2025— configuran la violación flagrante de convenciones que Managua sí ratificó. La jurisdicción universal, con la causa abierta ante la justicia argentina como punta de lanza. Y una hipótesis que merece estudio serio: el precedente Myanmar/Bangladesh, donde la CPI se declaró competente porque el crimen de deportación se consuma en el territorio del Estado receptor; los presos políticos desterrados por Ortega hacia Guatemala —Estado Parte del Estatuto desde 2012— podrían abrir una rendija de jurisdicción que nadie debería descartar sin examinarla.
Cuba, sin destierro masivo documentado hacia Estados Parte y sin una causa universal madura, enfrenta el camino más largo. Pero el caso de Hissène Habré dejó una enseñanza que conviene no olvidar: cuando los mecanismos previstos se bloquean, la justicia encuentra rutas que nadie diseñó —un tribunal especial africano condenó en Dakar lo que La Haya nunca tocó—. La documentación paciente de hoy es la sentencia posible de mañana.
Entre las víctimas y la Corte existe, además, un actor indispensable cuya importancia suele quedar relegada: la sociedad civil. Son las organizaciones de derechos humanos, los abogados, los periodistas, los investigadores y los familiares quienes transforman el dolor en evidencia y la memoria en un expediente capaz de sostenerse ante un tribunal internacional. Fueron ellos quienes documentaron patrones, preservaron pruebas, acompañaron a las víctimas y mantuvieron viva la exigencia de justicia cuando muchos daban el caso por perdido. Sin ese trabajo paciente y perseverante, Venezuela I simplemente no existiría.
Pero la experiencia venezolana deja una enseñanza aún más profunda. La misma sociedad civil que durante años construyó las bases del expediente internacional continúa hoy respondiendo a nuevas emergencias humanitarias. La movilización nacional e internacional surgida tras los terremotos del 24 de junio de 2026 volvió a demostrar que la defensa de la dignidad humana no termina cuando se presenta una denuncia ante un tribunal. Continúa organizando ayuda, acompañando a las víctimas, preservando la memoria y documentando nuevos hechos cuando las instituciones resultan insuficientes o generan obstáculos adicionales.
Esa continuidad explica una de las mayores fortalezas del caso venezolano. La justicia internacional y la acción humanitaria no son caminos separados. Ambas nacen del mismo compromiso con la dignidad humana y ambas dependen, en gran medida, de una sociedad civil capaz de sostener ese compromiso durante años, incluso cuando las instituciones avanzan con lentitud. Esa perseverancia constituye también una forma de resistencia frente a la impunidad. Y esa es, quizás, la lección más transferible de todas: ni en Cuba ni en Nicaragua habrá expediente sin una sociedad civil que lo sostenga cuando las instituciones flaqueen.
IV. Lo que hay que exigir — y a quién
¿Y entonces qué exigir, y a quién? A la Fiscalía de la CPI, lo mínimo que su propio mandato impone: información periódica, plazos razonables y una decisión —la que sea, pero decisión—. El silencio no es neutralidad procesal; a estas alturas es un mensaje. A los Estados Parte, empezando por los seis remitentes y por los europeos que sostienen financieramente a la Corte: usar la Asamblea de los Estados Partes con una firmeza que casi nunca ejercen, pedir cuentas sobre el estado del caso y blindar la investigación con fondos de contingencia frente a cualquier asfixia operativa. Los instrumentos existen; lo que falta es voluntad política coordinada.
Y a nosotros, las sociedades civiles de los tres países: entender que no competimos por la atención de La Haya, sino que compartimos una misma causa con tres expedientes distintos. La justicia internacional no es un tribunal al que se le reza; es una construcción colectiva a la que se le trabaja. Menos ruido, más evidencia —pero evidencia con destinatario y con plazo. La esperanza de las víctimas depende, en buena medida, de que ese trabajo no se interrumpa.
Las víctimas venezolanas, cubanas y nicaragüenses no compiten entre sí. Comparten una misma aspiración y observan un mismo precedente. El caso Venezuela ya dejó de pertenecer únicamente a Venezuela. Hoy representa una prueba para la propia justicia internacional y para la capacidad de la comunidad internacional de sostener, en el tiempo, la promesa de que los crímenes de lesa humanidad no quedarán impunes.
Los precedentes no se escriben cuando se abre una investigación. Se escriben cuando la historia termina juzgando qué hicieron las instituciones, los Estados y las sociedades con la oportunidad que tuvieron frente a ellas. Ese es, en definitiva, el verdadero precedente venezolano.
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José Manuel “Cheo” Pinto es activista de derechos humanos y analista independiente en temas de justicia internacional, geopolítica y Venezuela. Es Coordinador de Enlace Internacional de la Viva Venezuela Foundation en los Países Bajos.